Más Pymes, Mejor Santa Fe: montos y requisitos para acceder al crédito a tasa 0%

Con el objetivo de afianzar al empresariado Pyme, el Ministerio de la Producción ha diseñado políticas en defensa de la competitividad y el empleo, creando el Programa “MAS PYMES, MEJOR SANTA FE”.

Este Programa se encuadra dentro de aquellos con finalidad de aumentar la competitividad del sector industrial, tiene por objeto otorgar préstamos a “tasa 0%” a empresas que busquen mejorar su gestión y calificar su organización interna.

Los créditos se otorgan a micro, pequeñas y medianas empresas del sector de la industria con sede en la provincia de Santa Fe para el pago de honorarios de asesores externos y/o consultoras.
Se entenderá por micro, pequeñas y medianas empresas la definida como tal por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación según la Resolución SPMEDR N° 21/10, modificada por la Resolución N° 50/13, luego por la Resolución N° 11/16, y recientemente por la Resolución
154/2018 y que dice:

SECTOR
VENTA TOTALES
Agropecuario 3,8 – 289,3 millones de $
Industria y Minería 13,4 – 966,3 millones de $ Comercio 15,8 – 1140,3 millones de $ Servicios 4,6 – 328,9 millones de $ Construcción 5,9 – 452,8 millones de $

Requisitos
Las Empresas deberán cumplir con los siguientes requisitos básicos:
-Tener un mínimo de un (1) año de facturación en la actividad declarada.
-Estar radicada en la Provincia de Santa Fe.
-Estar inscripta ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de -Economía y Finanzas Públicas.
-Poseer una cuenta corriente o caja de ahorro en alguna entidad bancaria de la República Argentina.
-Completar y presentar en la Dirección General de Industrias del Ministerio de la Producción, o ante la institución intermedia a determinar por este último (agencia y/o asociación para el desarrollo local y regional) el Formulario de Inscripción a la Convocatoria 2018.

Quedan excluidas las empresas que no cumplan los requisitos mencionados y en particular las que desarrollen actividades agropecuarias tradicionales, actividades financieras, servicios profesionales, servicios de mantenimiento, de comercio mayorista y/o minorista, y demás ramas del rubro servicios.

Monto y destino del aporte
Se otorgará por un monto máximo de $180.000 por proyecto y por empresa en el Plan de Desarrollo Industrial Santafesino 2018.
El monto total del proyecto presentado se financiará bajo la modalidad de crédito a tasa 0%, a devolver en un plazo máximo de veinticuatro (24) meses y hasta tres (3) de gracia INCLUIDOS.
Los beneficiarios podrán solicitar el 100% del monto total del proyecto al inicio de la ejecución del mismo.
Los aportes podrán destinarse a asistencia financiera para la contratación de servicio de consultoría externa para la implementación de herramientas de gestión relacionadas con mejoras tales como:

-implementación de sistemas de gestión de la calidad -buenas prácticas de manufactura -reordenamiento de sistemas productivos -localización y diseño de la planta -mejoramiento de la calidad -organización de recursos humanos -gestión de costos -reorganización de procesos administrativos -gestión de abastecimiento -logística -planeamiento estratégico y operativo -gestión de recursos humanos -gestión ambiental -seguridad e higiene -organización y métodos -diseño de packaging -diseño de imagen corporativa

A estas herramientas de gestión enunciadas se pueden agregar otras mejoras internas que se ajusten al objetivo del programa, quedando a criterio de la superioridad y del responsable y evaluador técnico del programa de la referencia.

No se incluirá dentro de la asistencia la compra o modernización de maquinaria, ni la construcción o remodelación de infraestructura.
Asimismo, queda excluida la adquisición y/o implementación de software, capacitación al personal, desarrollo de productos, páginas web y actividades de marketing.

Una vez evaluado y aprobado el proyecto, el monto total requerido será desembolsado por el Ministerio de la Producción a través de una institución intermedia, Agencia o Asociación para el Desarrollo Local a determinar por la Secretaría de Industria, Agregado de Valor e Innovación Tecnológica o del responsable y Coordinador del Programa, bajo la modalidad de ANR (aporte no reintegrable), la que posteriormente, y actuando bajo la figura de entidad financiera, entregará el dinero a la empresa para abonar al asesor o consultora junto con la modalidad y período de pago o devolución, a convenir entre ambas (convenio o contrato), siendo el mismo a sola firma o sin garantía. Una vez cancelado el préstamo, cumplido el período de devolución, por parte de la empresa hacia la institución intermedia, se conformará un fondo rotatorio cuya finalidad será fijada y establecida por el Sr. Ministro de la Producción o en su defecto por la Secretaría de Industria, Agregado de Valor e Innovación Tecnológica del mismo ministerio de la Provincia de Santa Fe.

Por último, la otra variable que es determinante es el cupo disponible.

2018-07-03T19:21:58-03:00 21 de junio de 2018|Categories: Noticias|